CDMX anuncia modificación a la Ley de Movilidad; Scooters y bicis eléctricas tendrán placas
Ciudad de México – La Ciudad de México dio un paso relevante en la regulación de la micromovilidad al anunciar modificaciones a la Ley de Movilidad y su reglamento, con el objetivo de ordenar el uso de scooters, bicicletas eléctricas y otros vehículos similares en la vía pública.
Las nuevas disposiciones obligarán a ciertos usuarios a contar con placas, licencia y cumplir requisitos de seguridad para poder circular legalmente.
El cambio responde al crecimiento acelerado de estos medios de transporte en la capital, lo que ha generado nuevos retos en materia de seguridad vial y convivencia entre peatones, ciclistas, automovilistas y usuarios de vehículos eléctricos.
Uno de los puntos centrales de la reforma es la creación de una categoría específica denominada Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), en la que se incluyen scooters eléctricos, bicimotos y algunas bicicletas eléctricas que superan ciertos límites técnicos, como velocidad mayor a 25 km/h o potencia superior a 250 watts.
A partir del 1 de julio de 2026, estos vehículos deberán contar con placas para poder circular en la Ciudad de México.
En el caso de unidades nuevas, deberán venderse ya emplacadas, mientras que los vehículos que actualmente están en uso tendrán un periodo de regularización que se extenderá hasta el 20 de noviembre de 2026.
Además del emplacamiento, la normativa establece que los conductores deberán portar licencia de conducir, casco de seguridad y, en algunos casos, otros elementos como chaleco reflejante y seguro de responsabilidad civil.
Las sanciones por incumplir estas disposiciones podrán ir desde multas económicas hasta el retiro del vehículo.
Las autoridades también definieron restricciones de circulación. Por ejemplo, estos vehículos no podrán transitar por banquetas, ciclovías ni carriles confinados, y deberán utilizar principalmente el carril derecho de las vialidades.
Asimismo, aquellos que superen cierta velocidad serán tratados de manera similar a motocicletas, lo que implica mayores obligaciones legales.
El gobierno capitalino señaló que la implementación será progresiva, con campañas informativas previas y un periodo de socialización antes de que las sanciones comiencen a aplicarse formalmente a partir de septiembre de 2026.
Con estas modificaciones, la Ciudad de México busca mejorar la seguridad vial, reducir accidentes y establecer reglas claras ante el auge de nuevas formas de movilidad, integrando estos vehículos al sistema de transporte urbano bajo un marco legal más estricto.
CDMX anuncia modificación a la Ley de Movilidad; Scooters y bicis eléctricas tendrán placas
Ciudad de México – La Ciudad de México dio un paso relevante en la regulación de la micromovilidad al anunciar modificaciones a la Ley de Movilidad y su reglamento, con el objetivo de ordenar el uso de scooters, bicicletas eléctricas y otros vehículos similares en la vía pública.
Las nuevas disposiciones obligarán a ciertos usuarios a contar con placas, licencia y cumplir requisitos de seguridad para poder circular legalmente.
El cambio responde al crecimiento acelerado de estos medios de transporte en la capital, lo que ha generado nuevos retos en materia de seguridad vial y convivencia entre peatones, ciclistas, automovilistas y usuarios de vehículos eléctricos.
Uno de los puntos centrales de la reforma es la creación de una categoría específica denominada Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), en la que se incluyen scooters eléctricos, bicimotos y algunas bicicletas eléctricas que superan ciertos límites técnicos, como velocidad mayor a 25 km/h o potencia superior a 250 watts.
A partir del 1 de julio de 2026, estos vehículos deberán contar con placas para poder circular en la Ciudad de México.
En el caso de unidades nuevas, deberán venderse ya emplacadas, mientras que los vehículos que actualmente están en uso tendrán un periodo de regularización que se extenderá hasta el 20 de noviembre de 2026.
Además del emplacamiento, la normativa establece que los conductores deberán portar licencia de conducir, casco de seguridad y, en algunos casos, otros elementos como chaleco reflejante y seguro de responsabilidad civil.
Las sanciones por incumplir estas disposiciones podrán ir desde multas económicas hasta el retiro del vehículo.
Las autoridades también definieron restricciones de circulación. Por ejemplo, estos vehículos no podrán transitar por banquetas, ciclovías ni carriles confinados, y deberán utilizar principalmente el carril derecho de las vialidades.
Asimismo, aquellos que superen cierta velocidad serán tratados de manera similar a motocicletas, lo que implica mayores obligaciones legales.
El gobierno capitalino señaló que la implementación será progresiva, con campañas informativas previas y un periodo de socialización antes de que las sanciones comiencen a aplicarse formalmente a partir de septiembre de 2026.
Con estas modificaciones, la Ciudad de México busca mejorar la seguridad vial, reducir accidentes y establecer reglas claras ante el auge de nuevas formas de movilidad, integrando estos vehículos al sistema de transporte urbano bajo un marco legal más estricto.