Chiapas endurece reglas electorales: violencia política de género podrá provocar nulidad de elección

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas – El Congreso del Estado de Chiapas aprobó una reforma a la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral para establecer como causal de nulidad de una elección la comisión de violencia política contra las mujeres en razón de género cuando ésta se presente de manera generalizada y tenga un impacto determinante en el resultado de la contienda.

La modificación fue impulsada por las diputadas Marcela Castillo Atristain y Elvira Catalina Aguiar Álvarez, quienes presentaron la iniciativa ante el Congreso local. El proyecto propone adicionar una fracción al artículo 103 de la legislación electoral estatal y establecer reglas específicas para que este tipo de violencia pueda ser considerada al momento de determinar la validez de una elección.

La propuesta parte de la necesidad de contar con consecuencias jurídicas claras frente a agresiones que busquen limitar o afectar la participación política de las mujeres. En la exposición de motivos, Castillo Atristain señaló que actualmente la legislación no contemplaba de manera expresa esta conducta como una causal autónoma de nulidad, lo que podía obligar a las autoridades electorales a encuadrarla dentro de otras categorías de irregularidades.

De acuerdo con la iniciativa, para que proceda la nulidad deberá acreditarse que la violencia fue generalizada y tuvo efectos sustanciales sobre el proceso y sus resultados. Esto significa que no cualquier acto de violencia política implicaría automáticamente la anulación de una elección, sino que tendría que demostrarse su gravedad y trascendencia en la contienda.

La reforma se suma al marco jurídico que busca prevenir y sancionar la violencia política contra las mujeres en razón de género. La legislación chiapaneca ya reconoce esta conducta como aquella que tiene por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de una o varias mujeres.

El Congreso de Chiapas también mantiene en su agenda otras medidas relacionadas con la protección de los derechos políticos de las mujeres, en un esfuerzo por fortalecer la participación femenina y garantizar procesos electorales libres de violencia.

La reforma sobre nulidad electoral constituye, en ese sentido, un nuevo mecanismo para proteger la integridad de las contiendas y evitar que agresiones graves puedan alterar la voluntad ciudadana.

Man in glasses with comic blue burst background

David Hernandez

Chiapas endurece reglas electorales: violencia política de género podrá provocar nulidad de elección

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas – El Congreso del Estado de Chiapas aprobó una reforma a la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral para establecer como causal de nulidad de una elección la comisión de violencia política contra las mujeres en razón de género cuando ésta se presente de manera generalizada y tenga un impacto determinante en el resultado de la contienda.

La modificación fue impulsada por las diputadas Marcela Castillo Atristain y Elvira Catalina Aguiar Álvarez, quienes presentaron la iniciativa ante el Congreso local. El proyecto propone adicionar una fracción al artículo 103 de la legislación electoral estatal y establecer reglas específicas para que este tipo de violencia pueda ser considerada al momento de determinar la validez de una elección.

La propuesta parte de la necesidad de contar con consecuencias jurídicas claras frente a agresiones que busquen limitar o afectar la participación política de las mujeres. En la exposición de motivos, Castillo Atristain señaló que actualmente la legislación no contemplaba de manera expresa esta conducta como una causal autónoma de nulidad, lo que podía obligar a las autoridades electorales a encuadrarla dentro de otras categorías de irregularidades.

De acuerdo con la iniciativa, para que proceda la nulidad deberá acreditarse que la violencia fue generalizada y tuvo efectos sustanciales sobre el proceso y sus resultados. Esto significa que no cualquier acto de violencia política implicaría automáticamente la anulación de una elección, sino que tendría que demostrarse su gravedad y trascendencia en la contienda.

La reforma se suma al marco jurídico que busca prevenir y sancionar la violencia política contra las mujeres en razón de género. La legislación chiapaneca ya reconoce esta conducta como aquella que tiene por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de una o varias mujeres.

El Congreso de Chiapas también mantiene en su agenda otras medidas relacionadas con la protección de los derechos políticos de las mujeres, en un esfuerzo por fortalecer la participación femenina y garantizar procesos electorales libres de violencia.

La reforma sobre nulidad electoral constituye, en ese sentido, un nuevo mecanismo para proteger la integridad de las contiendas y evitar que agresiones graves puedan alterar la voluntad ciudadana.

David Hernandez

(No Ratings Yet)