IEPC Chiapas sanciona a portales digitales por ejercer violencia política de género
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas – El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas resolvió sancionar a diversos portales digitales y personas responsables de publicaciones en redes sociales tras determinar que incurrieron en actos constitutivos de violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de diputadas integrantes de la Sexagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado.
La resolución fue aprobada durante una sesión pública del órgano electoral, luego del análisis de los procedimientos especiales sancionadores promovidos por las legisladoras, quienes denunciaron publicaciones difundidas en medios digitales y plataformas de redes sociales que, de acuerdo con la autoridad electoral, contenían expresiones ofensivas, estereotipos de género y mensajes dirigidos a menoscabar el ejercicio de sus funciones públicas por el hecho de ser mujeres.
El IEPC determinó que el contenido denunciado excedía los límites de la libertad de expresión al incorporar manifestaciones discriminatorias y lenguaje basado en prejuicios de género, elementos que constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género conforme a la legislación electoral y a los criterios emitidos por las autoridades jurisdiccionales en la materia.
Como parte de las medidas impuestas, el Consejo General ordenó a los responsables retirar las publicaciones objeto de la denuncia y abstenerse de difundir contenidos similares que vulneren los derechos político-electorales de las servidoras públicas.
Asimismo, se impusieron las sanciones correspondientes previstas en la normatividad electoral vigente y se dictaron medidas de reparación y garantías de no repetición.
El Consejo General señaló que la protección de los derechos políticos de las mujeres constituye una obligación constitucional y convencional para todas las autoridades, por lo que resulta indispensable garantizar que el debate público se desarrolle con respeto a los derechos humanos y a la dignidad de quienes participan en la vida política del estado.
Durante la sesión también se reiteró que la libertad de expresión es un derecho fundamental en una sociedad democrática; sin embargo, dicho derecho no es absoluto y encuentra límites cuando se utiliza para reproducir discursos discriminatorios, violencia simbólica o mensajes que buscan desacreditar o impedir el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres por razones de género.
El IEPC enfatizó que las redes sociales y los medios digitales representan herramientas fundamentales para el intercambio de información y el debate público, pero recordó que quienes administran estos espacios también tienen la responsabilidad de respetar el marco jurídico vigente y evitar la difusión de contenidos que vulneren los derechos humanos o fomenten cualquier forma de violencia.
IEPC Chiapas sanciona a portales digitales por ejercer violencia política de género
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas – El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas resolvió sancionar a diversos portales digitales y personas responsables de publicaciones en redes sociales tras determinar que incurrieron en actos constitutivos de violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de diputadas integrantes de la Sexagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado.
La resolución fue aprobada durante una sesión pública del órgano electoral, luego del análisis de los procedimientos especiales sancionadores promovidos por las legisladoras, quienes denunciaron publicaciones difundidas en medios digitales y plataformas de redes sociales que, de acuerdo con la autoridad electoral, contenían expresiones ofensivas, estereotipos de género y mensajes dirigidos a menoscabar el ejercicio de sus funciones públicas por el hecho de ser mujeres.
El IEPC determinó que el contenido denunciado excedía los límites de la libertad de expresión al incorporar manifestaciones discriminatorias y lenguaje basado en prejuicios de género, elementos que constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género conforme a la legislación electoral y a los criterios emitidos por las autoridades jurisdiccionales en la materia.
Como parte de las medidas impuestas, el Consejo General ordenó a los responsables retirar las publicaciones objeto de la denuncia y abstenerse de difundir contenidos similares que vulneren los derechos político-electorales de las servidoras públicas.
Asimismo, se impusieron las sanciones correspondientes previstas en la normatividad electoral vigente y se dictaron medidas de reparación y garantías de no repetición.
El Consejo General señaló que la protección de los derechos políticos de las mujeres constituye una obligación constitucional y convencional para todas las autoridades, por lo que resulta indispensable garantizar que el debate público se desarrolle con respeto a los derechos humanos y a la dignidad de quienes participan en la vida política del estado.
Durante la sesión también se reiteró que la libertad de expresión es un derecho fundamental en una sociedad democrática; sin embargo, dicho derecho no es absoluto y encuentra límites cuando se utiliza para reproducir discursos discriminatorios, violencia simbólica o mensajes que buscan desacreditar o impedir el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres por razones de género.
El IEPC enfatizó que las redes sociales y los medios digitales representan herramientas fundamentales para el intercambio de información y el debate público, pero recordó que quienes administran estos espacios también tienen la responsabilidad de respetar el marco jurídico vigente y evitar la difusión de contenidos que vulneren los derechos humanos o fomenten cualquier forma de violencia.