Obligar a familiares a terapias de conversión será castigado con cárcel en Chiapas
Chiapas.- Por mayoría de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este martes una reforma al Código Penal del estado de Chiapas que sanciona hasta con 12 años de prisión a aquellos que sometan de manera forzada a familiares de la comunidad LGBT a tomar terapias de conversión.
En ese sentido, el pleno declaró como constitucional el artículo 326 Bis del Código Penal estatal que entró en vigor el 18 de junio de 2025 y que fue impugnado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), mediante una acción inconstitucional.
Al respecto, María Estela Ríos González, ministra ponente, planteó eliminar de la norma la palabra “doméstica” por tratarse de un término ambiguo, pero cinco ministros consideraron que debía conservarse en el documento debido a que, en la mayoríade los casos, son los mismos familiares los que llevan a cabo actos de discriminación.
Así, la Corte acordó que se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquier otro de carácter público, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta, a aquel servidor público que participe en este tipo de conducta delictiva.
Obligar a familiares a terapias de conversión será castigado con cárcel en Chiapas
Chiapas.- Por mayoría de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este martes una reforma al Código Penal del estado de Chiapas que sanciona hasta con 12 años de prisión a aquellos que sometan de manera forzada a familiares de la comunidad LGBT a tomar terapias de conversión.
En ese sentido, el pleno declaró como constitucional el artículo 326 Bis del Código Penal estatal que entró en vigor el 18 de junio de 2025 y que fue impugnado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), mediante una acción inconstitucional.
Al respecto, María Estela Ríos González, ministra ponente, planteó eliminar de la norma la palabra “doméstica” por tratarse de un término ambiguo, pero cinco ministros consideraron que debía conservarse en el documento debido a que, en la mayoríade los casos, son los mismos familiares los que llevan a cabo actos de discriminación.
Así, la Corte acordó que se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquier otro de carácter público, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta, a aquel servidor público que participe en este tipo de conducta delictiva.