Chiapas endurece penas por abuso sexual; Congreso aprueba reformas al Código Penal

TUXTLA GUITIÉRREZ.- El Congreso de Chiapas aprobó este martes reformas a los artículos 241, 242 y 243 del Código Penal del Estado, con las que se endurecen las sanciones por abuso sexual y se garantiza la reparación integral del daño a las víctimas. La medida forma parte de una estrategia legislativa para fortalecer la protección de niñas, niños, adolescentes y personas en situación de vulnerabilidad.

Durante la sesión encabezada por la diputada Alejandra Gómez Mendoza, la legisladora Elvira Catalina Aguiar Álvarez resaltó que la violencia sexual constituye “una grave violación a los derechos humanos” y que los agresores deben enfrentar penas proporcionales a la gravedad del delito. 

Con la reforma, el delito de abuso sexual Chiapas queda definido como cualquier acto de naturaleza sexual realizado sin consentimiento, ya sea en espacios públicos o privados, incluso cuando la víctima es obligada a observar o ejecutar dichos actos.

El nuevo artículo 241 amplía la definición de actos de naturaleza sexual, incluyendo tocamientos, caricias, engaños, amenazas, abuso de confianza o de autoridad, así como aprovechamiento de situaciones de vulnerabilidad. El texto aclara que el consentimiento no podrá presumirse por silencio, pasividad o falta de resistencia física, un principio alineado con los estándares internacionales de derechos humanos.

El artículo 242 fija penas de 10 a 15 años de prisión y multas equivalentes a 300 a 500 UMA, además de la obligación de asistir a talleres de reeducación con perspectiva de género, realizar servicio social o colaborar con instituciones públicas que promuevan la no violencia y la igualdad sustantiva. Este delito se perseguirá de oficio, lo que elimina la necesidad de denuncia directa para iniciar una investigación.

En tanto, el artículo 243 incrementa las penas hasta en una mitad cuando existan agravantes como: víctimas menores de 18 años, uso de violencia física o psicológica, participación de más de una persona, comisión en lugares solitarios o cuando el agresor tenga una relación de confianza, autoridad o dependencia con la víctima.

Además de las penas de prisión, los responsables deberán cubrir la reparación integral del daño, que incluye atención psicológica especializada para la víctima hasta su recuperación total, conforme a la Ley General de Víctimas y la Ley de Víctimas del Estado de Chiapas.

Con estas reformas, Chiapas da un paso firme en el combate al abuso sexual Chiapas, reforzando el marco legal para la protección de los derechos de las víctimas y ampliando las herramientas para sancionar con mayor rigor este delito.

Man in glasses with comic blue burst background

Esperanza Aguilera

Chiapas endurece penas por abuso sexual; Congreso aprueba reformas al Código Penal

TUXTLA GUITIÉRREZ.- El Congreso de Chiapas aprobó este martes reformas a los artículos 241, 242 y 243 del Código Penal del Estado, con las que se endurecen las sanciones por abuso sexual y se garantiza la reparación integral del daño a las víctimas. La medida forma parte de una estrategia legislativa para fortalecer la protección de niñas, niños, adolescentes y personas en situación de vulnerabilidad.

Durante la sesión encabezada por la diputada Alejandra Gómez Mendoza, la legisladora Elvira Catalina Aguiar Álvarez resaltó que la violencia sexual constituye “una grave violación a los derechos humanos” y que los agresores deben enfrentar penas proporcionales a la gravedad del delito. 

Con la reforma, el delito de abuso sexual Chiapas queda definido como cualquier acto de naturaleza sexual realizado sin consentimiento, ya sea en espacios públicos o privados, incluso cuando la víctima es obligada a observar o ejecutar dichos actos.

El nuevo artículo 241 amplía la definición de actos de naturaleza sexual, incluyendo tocamientos, caricias, engaños, amenazas, abuso de confianza o de autoridad, así como aprovechamiento de situaciones de vulnerabilidad. El texto aclara que el consentimiento no podrá presumirse por silencio, pasividad o falta de resistencia física, un principio alineado con los estándares internacionales de derechos humanos.

El artículo 242 fija penas de 10 a 15 años de prisión y multas equivalentes a 300 a 500 UMA, además de la obligación de asistir a talleres de reeducación con perspectiva de género, realizar servicio social o colaborar con instituciones públicas que promuevan la no violencia y la igualdad sustantiva. Este delito se perseguirá de oficio, lo que elimina la necesidad de denuncia directa para iniciar una investigación.

En tanto, el artículo 243 incrementa las penas hasta en una mitad cuando existan agravantes como: víctimas menores de 18 años, uso de violencia física o psicológica, participación de más de una persona, comisión en lugares solitarios o cuando el agresor tenga una relación de confianza, autoridad o dependencia con la víctima.

Además de las penas de prisión, los responsables deberán cubrir la reparación integral del daño, que incluye atención psicológica especializada para la víctima hasta su recuperación total, conforme a la Ley General de Víctimas y la Ley de Víctimas del Estado de Chiapas.

Con estas reformas, Chiapas da un paso firme en el combate al abuso sexual Chiapas, reforzando el marco legal para la protección de los derechos de las víctimas y ampliando las herramientas para sancionar con mayor rigor este delito.

Esperanza Aguilera

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