Reconoce Suprema Corte el derecho de menores a conocer su origen biológico

CIUDAD DE MÉXICO.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que niñas, niños y adolescentes tienen el derecho fundamental a conocer su origen biológico, el cual no puede quedar condicionado a la decisión de personas adultas ni aplazarse indefinidamente bajo el argumento de protección.

Al resolver el amparo directo en revisión 4002/2023, la ministra Loretta Ortiz Ahlf sostuvo que corresponde a las autoridades judiciales definir, caso por caso, la forma en que se garantice este derecho, procurando siempre reducir cualquier afectación emocional y salvaguardar la salud mental y la estabilidad familiar del menor.

“Se estima que en cada caso concreto la persona juzgadora debe determinar la manera de garantizar el derecho a conocer su propio origen biológico incluyendo toda medida tendiente a procurar tanto la menor incidencia negativa en la estabilidad emocional del niño o de la niña o del adolescente, como el restablecimiento de su salud mental y la estabilidad en la familia”, señaló la ministra ponente.

El asunto fue promovido por un hombre que solicitó el reconocimiento legal de su paternidad biológica y la modificación de la filiación de un adolescente que, desde su nacimiento, fue registrado y criado por la pareja de su madre biológica. Instancias previas habían privilegiado la filiación jurídica, al considerar que revelar la información debía quedar a discreción del padrastro y antes de que el menor cumpliera la mayoría de edad.

Sin embargo, la Suprema Corte revocó ese criterio y ordenó emitir una nueva resolución que garantice el derecho del adolescente a conocer su origen biológico, establezca el modo y el momento en que se le informará, y adopte medidas para proteger su bienestar emocional y el entorno familiar.

En una resolución adicional, al analizar el amparo directo en revisión 2991/2023, también bajo la ponencia de Ortiz Ahlf, el máximo tribunal dejó sin efecto una sentencia que obligaba a un menor víctima de abuso sexual a comparecer nuevamente durante un proceso judicial.

El caso derivó de un juicio de divorcio en el que una madre y sus dos hijas denunciaron violencia ejercida por el padre. Tras acreditarse violencia familiar, incluida agresión sexual contra una de las niñas, se decretó la pérdida definitiva de la patria potestad. Posteriormente, un tribunal ordenó reponer el procedimiento para reevaluar la credibilidad de las menores.

La Corte consideró que esa determinación vulneraba el interés superior de la niñez, carecía de perspectiva de género y exponía a las víctimas a un proceso de revictimización. Al respecto, la ministra puntualizó: “Si bien hay casos en los que se estima necesaria la práctica de pruebas periciales que evalúen la credibilidad de un testimonio, hacerlo sin motivo aparente constituye una forma de revictimización”.

Con estos criterios, la SCJN reafirmó que el derecho a conocer el origen biológico y la protección integral de menores víctimas de violencia deben prevalecer en las decisiones judiciales.

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Reconoce Suprema Corte el derecho de menores a conocer su origen biológico

CIUDAD DE MÉXICO.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que niñas, niños y adolescentes tienen el derecho fundamental a conocer su origen biológico, el cual no puede quedar condicionado a la decisión de personas adultas ni aplazarse indefinidamente bajo el argumento de protección.

Al resolver el amparo directo en revisión 4002/2023, la ministra Loretta Ortiz Ahlf sostuvo que corresponde a las autoridades judiciales definir, caso por caso, la forma en que se garantice este derecho, procurando siempre reducir cualquier afectación emocional y salvaguardar la salud mental y la estabilidad familiar del menor.

“Se estima que en cada caso concreto la persona juzgadora debe determinar la manera de garantizar el derecho a conocer su propio origen biológico incluyendo toda medida tendiente a procurar tanto la menor incidencia negativa en la estabilidad emocional del niño o de la niña o del adolescente, como el restablecimiento de su salud mental y la estabilidad en la familia”, señaló la ministra ponente.

El asunto fue promovido por un hombre que solicitó el reconocimiento legal de su paternidad biológica y la modificación de la filiación de un adolescente que, desde su nacimiento, fue registrado y criado por la pareja de su madre biológica. Instancias previas habían privilegiado la filiación jurídica, al considerar que revelar la información debía quedar a discreción del padrastro y antes de que el menor cumpliera la mayoría de edad.

Sin embargo, la Suprema Corte revocó ese criterio y ordenó emitir una nueva resolución que garantice el derecho del adolescente a conocer su origen biológico, establezca el modo y el momento en que se le informará, y adopte medidas para proteger su bienestar emocional y el entorno familiar.

En una resolución adicional, al analizar el amparo directo en revisión 2991/2023, también bajo la ponencia de Ortiz Ahlf, el máximo tribunal dejó sin efecto una sentencia que obligaba a un menor víctima de abuso sexual a comparecer nuevamente durante un proceso judicial.

El caso derivó de un juicio de divorcio en el que una madre y sus dos hijas denunciaron violencia ejercida por el padre. Tras acreditarse violencia familiar, incluida agresión sexual contra una de las niñas, se decretó la pérdida definitiva de la patria potestad. Posteriormente, un tribunal ordenó reponer el procedimiento para reevaluar la credibilidad de las menores.

La Corte consideró que esa determinación vulneraba el interés superior de la niñez, carecía de perspectiva de género y exponía a las víctimas a un proceso de revictimización. Al respecto, la ministra puntualizó: “Si bien hay casos en los que se estima necesaria la práctica de pruebas periciales que evalúen la credibilidad de un testimonio, hacerlo sin motivo aparente constituye una forma de revictimización”.

Con estos criterios, la SCJN reafirmó que el derecho a conocer el origen biológico y la protección integral de menores víctimas de violencia deben prevalecer en las decisiones judiciales.

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