Descartan espionaje y censura en reforma a ley de telecomunicaciones
REDACCIÓN. José Antonio Peña Merino, titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, afirmó este martes que la iniciativa de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión no introduce nuevas facultades de espionaje ni mecanismos de censura por parte del gobierno, como han sostenido algunos actores políticos y mediáticos.
Durante su presentación pública, Merino explicó que el artículo 183 del dictamen aprobado en el Senado —y actualmente en revisión en la Cámara de Diputados— replica exactamente la redacción del artículo 190 de la ley vigente desde 2014. “No hay ninguna modificación que otorgue al Estado acceso discrecional a datos personales o ubicación geográfica de las personas”, aseguró.
Detalló que tanto en la ley vigente como en la propuesta actual, los concesionarios de telecomunicaciones están obligados a colaborar con autoridades de seguridad y justicia únicamente mediante orden judicial fundada y motivada, conforme a lo establecido en el artículo 16 constitucional y el Código Nacional de Procedimientos Penales.
“La colaboración de los operadores solo puede darse si existe una resolución de un juez de control. No hay posibilidad de que la agencia a mi cargo ni ningún órgano regulador acceda a datos sin ese requisito”, subrayó Merino. Añadió que el artículo 303 del Código de Procedimientos Penales, vigente desde 2016, ya contempla la localización en tiempo real como herramienta legal para investigaciones criminales, siempre bajo supervisión judicial.
Respecto a las críticas sobre una supuesta censura, Peña Merino precisó que lo que el dictamen contempla es la restitución de los derechos de las audiencias, previamente eliminados. Estos derechos —incluidos en el artículo 6 constitucional— permiten a los radioescuchas y televidentes presentar quejas ante los defensores de audiencia cuando identifiquen contenidos discriminatorios, falsos, sexistas o inapropiados para programación infantil.
“No se trata de censura, sino de mecanismos ciudadanos para exigir que los medios respeten los derechos del público. Es el mismo modelo que existía en 2014. La diferencia es que hoy hay más interés en distorsionar su alcance con fines políticos”, indicó.
Finalmente, descartó que la herramienta digital Llave MX pueda ser utilizada para suplantar identidades. Señaló que actualmente no es posible realizar ningún trámite oficial únicamente con esa plataforma, ya que todos requieren documentación física adicional y validación por parte de servidores públicos. “Hoy, la llave MX no permite iniciar ni concluir trámites por sí sola. Y en el futuro, cualquier avance digital incluirá múltiples mecanismos de autenticación biométrica y documental”, concluyó.
Descartan espionaje y censura en reforma a ley de telecomunicaciones
REDACCIÓN. José Antonio Peña Merino, titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, afirmó este martes que la iniciativa de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión no introduce nuevas facultades de espionaje ni mecanismos de censura por parte del gobierno, como han sostenido algunos actores políticos y mediáticos.
Durante su presentación pública, Merino explicó que el artículo 183 del dictamen aprobado en el Senado —y actualmente en revisión en la Cámara de Diputados— replica exactamente la redacción del artículo 190 de la ley vigente desde 2014. “No hay ninguna modificación que otorgue al Estado acceso discrecional a datos personales o ubicación geográfica de las personas”, aseguró.
Detalló que tanto en la ley vigente como en la propuesta actual, los concesionarios de telecomunicaciones están obligados a colaborar con autoridades de seguridad y justicia únicamente mediante orden judicial fundada y motivada, conforme a lo establecido en el artículo 16 constitucional y el Código Nacional de Procedimientos Penales.
“La colaboración de los operadores solo puede darse si existe una resolución de un juez de control. No hay posibilidad de que la agencia a mi cargo ni ningún órgano regulador acceda a datos sin ese requisito”, subrayó Merino. Añadió que el artículo 303 del Código de Procedimientos Penales, vigente desde 2016, ya contempla la localización en tiempo real como herramienta legal para investigaciones criminales, siempre bajo supervisión judicial.
Respecto a las críticas sobre una supuesta censura, Peña Merino precisó que lo que el dictamen contempla es la restitución de los derechos de las audiencias, previamente eliminados. Estos derechos —incluidos en el artículo 6 constitucional— permiten a los radioescuchas y televidentes presentar quejas ante los defensores de audiencia cuando identifiquen contenidos discriminatorios, falsos, sexistas o inapropiados para programación infantil.
“No se trata de censura, sino de mecanismos ciudadanos para exigir que los medios respeten los derechos del público. Es el mismo modelo que existía en 2014. La diferencia es que hoy hay más interés en distorsionar su alcance con fines políticos”, indicó.
Finalmente, descartó que la herramienta digital Llave MX pueda ser utilizada para suplantar identidades. Señaló que actualmente no es posible realizar ningún trámite oficial únicamente con esa plataforma, ya que todos requieren documentación física adicional y validación por parte de servidores públicos. “Hoy, la llave MX no permite iniciar ni concluir trámites por sí sola. Y en el futuro, cualquier avance digital incluirá múltiples mecanismos de autenticación biométrica y documental”, concluyó.