Ministros de la Corte frenan resolución sobre indemnización por negligencia médica en ISSSTE

Ciudad de México – Una intensa discusión en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó en suspenso la sentencia sobre un caso de negligencia médica contra el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

El motivo central del aplazamiento fue la falta de consenso respecto a la redacción final del proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, luego de que una mayoría de ministros rechazara su postura original.

El diferendo dejó sin resolver —por el momento— la demanda de amparo promovida por los familiares de una mujer que falleció en una unidad hospitalaria de dicha institución pública.

El origen del debate: ¿cuándo inicia el plazo para reclamar?

  • La propuesta rechazada: La ministra Lenia Batres planteaba que el plazo legal de dos años para demandar una indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado debía contarse a partir de la emisión del acta de defunción.
  • La postura mayoritaria: Una mayoría de seis integrantes del pleno rechazó ese criterio, determinando que los dos años deben comenzar a computarse desde el momento en que los familiares tienen conocimiento efectivo de la posible negligencia médica, y no por el simple trámite administrativo del acta.
  • El sentido del amparo: La propuesta original de Batres sugería revocar la sentencia y devolver el expediente al tribunal colegiado. En contraste, el criterio predominante en el pleno apuntaba a conceder el amparo de forma directa a la familia afectada.

Las objeciones al engrose y el choque en el pleno

  • Falta de certeza en el texto final: El ministro Arístides Guerrero García solicitó postergar la votación hasta contar con el nuevo documento por escrito. Argumentó que, en ocasiones anteriores, los engroses finales han incluido párrafos que ya habían sido descartados por la mayoría, por lo que votar sin la versión modificada implicaba aprobar un proyecto aún desconocido.
  • Revisión “en blanco y negro”: El ministro Giovanni Figueroa Mejía respaldó la postura de postergar el fallo, señalando la necesidad de constatar que la resolución refleje con precisión el cambio de rumbo: conceder el amparo directamente a los familiares en lugar de reenviar el caso a la instancia inferior.
  • La postura de Lenia Batres: La ministra lamentó las dudas expresadas sobre su trabajo, asegurando que acataría la decisión del pleno e incorporaría las observaciones de sus pares en la nueva versión del texto.

La votación que aplazó el fallo

  • Tensión en la presidencia: El presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, intentó dar por concluido el debate e impulsar la votación del engrose en la misma sesión. Ante las intervenciones contradictorias de las ministras Sara Irene Herrerías Guerra y María Estela Ríos González sobre qué se estaba votando exactamente, Aguilar manifestó la dificultad para frenar la discusión.
  • Postura a favor del aplazamiento (5 votos): Los ministros Loretta Ortiz, Giovanni Figueroa, Arístides Guerrero, Yasmín Esquivel y el propio presidente Hugo Aguilar votaron por retirar el asunto y esperar a revisar el documento reestructurado.
  • Postura por resolver de inmediato (4 votos): Los ministros Lenia Batres, Sara Irene Herrerías, Irving Espinosa y María Estela Ríos votaron por definir el caso ese mismo día. Ríos otorgó un “voto de confianza” a Batres para la elaboración del texto, a pesar de haber votado en contra de su propuesta original sobre el plazo de indemnización.

Con este resultado, la ministra Lenia Batres deberá elaborar una nueva propuesta que formalice el criterio de que el plazo de prescripción arranca con el conocimiento de la negligencia, además de precisar si se otorga el amparo directo a los familiares o si el asunto se devuelve al tribunal colegiado.

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David Hernandez

Ministros de la Corte frenan resolución sobre indemnización por negligencia médica en ISSSTE

Ciudad de México – Una intensa discusión en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó en suspenso la sentencia sobre un caso de negligencia médica contra el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

El motivo central del aplazamiento fue la falta de consenso respecto a la redacción final del proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, luego de que una mayoría de ministros rechazara su postura original.

El diferendo dejó sin resolver —por el momento— la demanda de amparo promovida por los familiares de una mujer que falleció en una unidad hospitalaria de dicha institución pública.

El origen del debate: ¿cuándo inicia el plazo para reclamar?

  • La propuesta rechazada: La ministra Lenia Batres planteaba que el plazo legal de dos años para demandar una indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado debía contarse a partir de la emisión del acta de defunción.
  • La postura mayoritaria: Una mayoría de seis integrantes del pleno rechazó ese criterio, determinando que los dos años deben comenzar a computarse desde el momento en que los familiares tienen conocimiento efectivo de la posible negligencia médica, y no por el simple trámite administrativo del acta.
  • El sentido del amparo: La propuesta original de Batres sugería revocar la sentencia y devolver el expediente al tribunal colegiado. En contraste, el criterio predominante en el pleno apuntaba a conceder el amparo de forma directa a la familia afectada.

Las objeciones al engrose y el choque en el pleno

  • Falta de certeza en el texto final: El ministro Arístides Guerrero García solicitó postergar la votación hasta contar con el nuevo documento por escrito. Argumentó que, en ocasiones anteriores, los engroses finales han incluido párrafos que ya habían sido descartados por la mayoría, por lo que votar sin la versión modificada implicaba aprobar un proyecto aún desconocido.
  • Revisión “en blanco y negro”: El ministro Giovanni Figueroa Mejía respaldó la postura de postergar el fallo, señalando la necesidad de constatar que la resolución refleje con precisión el cambio de rumbo: conceder el amparo directamente a los familiares en lugar de reenviar el caso a la instancia inferior.
  • La postura de Lenia Batres: La ministra lamentó las dudas expresadas sobre su trabajo, asegurando que acataría la decisión del pleno e incorporaría las observaciones de sus pares en la nueva versión del texto.

La votación que aplazó el fallo

  • Tensión en la presidencia: El presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, intentó dar por concluido el debate e impulsar la votación del engrose en la misma sesión. Ante las intervenciones contradictorias de las ministras Sara Irene Herrerías Guerra y María Estela Ríos González sobre qué se estaba votando exactamente, Aguilar manifestó la dificultad para frenar la discusión.
  • Postura a favor del aplazamiento (5 votos): Los ministros Loretta Ortiz, Giovanni Figueroa, Arístides Guerrero, Yasmín Esquivel y el propio presidente Hugo Aguilar votaron por retirar el asunto y esperar a revisar el documento reestructurado.
  • Postura por resolver de inmediato (4 votos): Los ministros Lenia Batres, Sara Irene Herrerías, Irving Espinosa y María Estela Ríos votaron por definir el caso ese mismo día. Ríos otorgó un “voto de confianza” a Batres para la elaboración del texto, a pesar de haber votado en contra de su propuesta original sobre el plazo de indemnización.

Con este resultado, la ministra Lenia Batres deberá elaborar una nueva propuesta que formalice el criterio de que el plazo de prescripción arranca con el conocimiento de la negligencia, además de precisar si se otorga el amparo directo a los familiares o si el asunto se devuelve al tribunal colegiado.

David Hernandez

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